Seguro de Responsabilidad Civil
Protege tu ejercicio profesional con un seguro a tu medida.
El Seguro de Responsabilidad Civil (SRC) es un requisito fundamental para ejercer como dietista-nutricionista en el ámbito privado. Este seguro te ampara frente a posibles reclamaciones derivadas de tu actividad profesional, garantizando tranquilidad tanto para ti como para tus pacientes.
En este apartado te explicamos:
- Qué cubre el seguro y por qué es imprescindible
- Cuándo contratarlo según tu situación profesional
- Cómo gestionarlo de forma sencilla y segura a través del colegio
El Seguro de Responsabilidad Civil no solo es recomendable: es obligatorio para todos los dietistas-nutricionistas, tal como establece la legislación vigente.
La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, señala en su artículo 24 que
«Los profesionales sanitarios que ejerzan en el ámbito de la asistencia sanitaria privada, así como las personas jurídicas o entidades de titularidad privada que presten cualquier clase de servicios sanitarios, vienen obligados a suscribir el oportuno seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía financiera que cubra las indemnizaciones que se puedan derivar de un eventual daño a las personas causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios».
Por ello, la contratación del Seguro de Responsabilidad Civil es un requisito inherente al ejercicio profesional en este ámbito.
¿Cuáles son los objetivos del SRC?
El objeto del seguro es garantizar, dentro de los límites establecidos en la póliza, el pago de las indemnizaciones derivadas de daños involuntarios causados a clientes o terceros. Estos pueden producirse como consecuencia de errores profesionales cometidos durante el ejercicio de la actividad como dietista-nutricionista.
En otras palabras, este seguro protege al profesional ante posibles reclamaciones civiles por actuaciones realizadas en el marco de su labor asistencial.
Este seguro actúa como respaldo ante posibles situaciones que puedan generar responsabilidad civil, ofreciendo protección legal y económica al profesional.
¿Cuándo debo solicitarlo?
El Seguro de Responsabilidad Civil es obligatorio para los dietistas-nutricionistas que ejercen su actividad en el ámbito privado, ya sea en consulta, asesoría o comunicación divulgativa. Es la forma de garantizar protección frente a posibles reclamaciones derivadas de errores profesionales.
En el caso de los dietistas-nutricionistas que ejerzan exclusivamente en el sector público, es la Administración competente quien debe asumir, de oficio o a solicitud del perjudicado, la responsabilidad por los posibles daños ocasionados durante la prestación asistencial.
No obstante, debe señalarse que dicha Administración está obligada a reclamar, también de oficio, el importe de las indemnizaciones pagadas al profesional responsable en determinados supuestos, especialmente cuando se demuestre negligencia, dolo o incumplimiento grave. Uno de los criterios valorados para determinar esta responsabilidad es precisamente el carácter profesional del funcionario.
Por tanto, aunque se cuente con la cobertura institucional del servicio público de salud, no existe una protección absoluta, y el profesional puede verse expuesto a reclamaciones.
Es fundamental que cada profesional revise su situación laboral y valore si su cobertura institucional es suficiente, o si resulta conveniente contar con una póliza propia que brinde mayor seguridad.
¿Cómo puedo solicitarlo?
Desde CODINUGAL disponemos de convenios exclusivos con diversas compañías aseguradoras que ofrecen seguros de responsabilidad civil diseñados específicamente para dietistas-nutricionistas.
Toda la información detallada (coberturas, tarifas y procedimiento de contratación) está disponible en el área privada de la web para colegiados. Allí podrás consultar las opciones disponibles y seleccionar la que mejor se adapte a tu ejercicio profesional.